Víctor Mato, presidente de AGEO, ha respondido a la entrevista en exclusiva con el diario digital sectorial Sector del Juego. En ella, considera que la Administración gallega ha incrementado notablemente las obligaciones de las empresas del juego y reclama que el nuevo reglamento corrija las exigencias que dificultan su actividad.
La entrevista coincide con la semana en la que nuestra Asociación ha presentado las aportaciones al Reglamento de Xogo, en preparación.
El nuevo reglamento nace con la intención de unificar, actualizar e integrar de manera coherente todas las normativas sectoriales dispersas (bingos, casinos, recreativas, etc.) en un texto único de 348 artículos. ¿Considera la patronal AGEO que este documento cumple verdaderamente con el propósito de aportar estabilidad y «seguridad jurídica» al sector, o introduce nuevas complejidades regulatorias?
El formato de Reglamento único es más complejo, traerá dificultades derivadas de compaginar adaptaciones necesarias a lo largo de los años con una norma que afecta a subsectores; pero es con todo lo más lógico, será su redacción definitiva la que determinará su validez.
El proyecto de decreto señala que se busca «evitar cargas administrativas innecesarias y racionalizar la gestión». ¿Ha percibido el empresariado del recreativo una reducción real en la burocracia para la tramitación de expedientes, licencias u homologaciones bajo este marco de la Xunta?
Se avanza en el tratamiento digital, es indudable, pero a un ritmo muy lento en la administración, que en paralelo ha incrementado de manera enorme y sigue haciéndolo las obligaciones a las empresas enfocadas a un control de toda la actividad en vez de a permitir el desarrollo de las mismas.
En algún caso el reglamento aporta un enfoque más racional, como que los establecimientos de juego deben seguir las normas generales de evacuación y seguridad; en general evita que los inspectores de juego, en vez de inspeccionar juego deban ir con un metro para ver un pasillo de evacuación pero muchísimas otras van en la dirección contraria, como que se nos pida que si un bar cierra temporalmente más de 30 días, tenemos que “solicitar”, cuando sería “comunicar” porque ese bar cerró por vacaciones, obras, enfermedad, traspaso….y aportarle acreditación, no una posible explicación, siendo que nosotros no somos los titulares del local y nos es imposible, en muchos casos, saberlo y que daría de baja la autorización. Confiamos que la plasmación final recoja la realidad operativa del sector de hostelería, confiamos en convencer a la Xunta.
En el Capítulo IV del Título IX se recogen estrictas obligaciones documentales en caso de averías de las máquinas de juego. ¿Supone este nivel de fiscalización de la Xunta una presión añadida desmedida sobre el hostelero o los operadores de máquinas recreativas?
El Registro de Averías y Puesta en Servicio de las máquinas de juego y en tiempo real, suponemos que es para evitar una posible “reserva” de la máquina a un jugador que por ese motivo pudiera entender la Xunta que tiene un problema de riesgo de adicción, puede ser, creemos que esas posibles “reservas” se basan en la imposibilidad de jugar en la máquina si no es con dinero en efectivo, no admite otra forma, con lo cual si la gente lleva 20€ ó 50€ en la cartera y desea seguir jugando debe ausentarse para buscar un cajero bancario.
El sector se adaptó a esa demanda de la Xunta, causa una dificultad más, un riesgo de sanción leve en este caso, por un motivo dudoso pues la máquina lo normal es que si está averiada y el del bar no comunicara la avería en tiempo real, puede ser sábado o domingo, o el operador no hubiera recibido el aviso. No es el mayor de los problemas, pero sí uno añadido sin motivo lo bastante justificado.
¿Cree que el régimen de fianzas establecido en el nuevo texto se adapta a las capacidades financieras de las pymes que componen el recreativo gallego o actúan como una barrera de entrada al mercado?
No lo creemos, debido a las obligaciones creemos que son razonables, con matices.
¿Ha solicitado AGEO a la Xunta una revisión de los precios máximos de las partidas en las máquinas recreativas para no comprometer el margen de beneficio de los operadores?
No, directamente, en una disposición última del proyecto de reglamento se dice que la autoridad podrá actualizar el precio de la partida y desde AGEO indicamos que sea desde la anterior actualización, imaginemos de 20 céntimos desde el año 2.000 puede ser que la siguiente sea de 50 céntimos de euro.
¿Queda margen real para que las empresas operadoras gallegas promocionen sus productos y ofertas de ocio a nivel local?
Naturalmente, contribuir a crear puestos de trabajo, también con nuestros tributos extraordinarios ayudar al desarrollo general, pero lo que más nos perjudica es una imagen negativa sin base real alguna, por una falta de rigor informativo de los medios de comunicación que hace que muchos establecimientos pongan reparos a poner la máquina de juego y muchas personas usuarias temen ser prejuzgados por el hecho de jugar 20 minutos en una máquina.
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