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| Create Date | 7 julio, 2025 |
| Last Updated | 9 septiembre, 2026 |
Te informamos de que se está comercializando un producto denominado "Dispensador de Créditos", es un totem con una TPV (datáfono) que permite al cliente del salón utilizar de forma autónoma, para, a través de su tarjeta del banco, sacar un recibo que le permite retirar dinero de la cabina de cambio del salón o del "Cajero Pagador", si el salón dispone.
Queremos indicar que existe una norma circular de 29 de septiembre de 2023 que establece, en su apartado 2, que de su contenido se concluyer que las tarjetas bancarias sólo podrán ser utilizadas en el Salón de Juegos, para la obtención de dinero por el cliente, si estas tarjetas son sólo de débito, nunca de crédito; los bancos en general pueden adaptar el datáfono para este fin.
Su incumplimiento sería sancionable. (se adjunta copia)
AGEO defiende la prevención de conductas que puedan crear adicción o juego problemático y el respeto al estricto cumplimiento de la ley, a tal efecto. Adjuntamos la circular y entendemos que es una buena norma para la actividad y la seriedad de la misma.


