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| Create Date | 28 abril, 2025 |
| Last Updated | 9 septiembre, 2026 |
En relación con el contenido del mail que os enviamos el pasado jueves día 23, y que ahora reenviamos, deciros que, para aquellos que decidan presentar el anuncio del interposición del rercurso, deberá de aportarase, también el acuerdo societario del órgano competente aprobando el la interposición del recurso/os contencioso-administrativo.
Os recordamos que el recurso se puede presentar en los siguientes supuestos:
- Cuando existe resolución desestimatoria del recurso de alzada
- Cuando habiendo presentado recurso de alzada, han pasado más de tres meses sin que lo hayan resuelto.
PRESUPUESTO PROCURADOR AGEO(5)


