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| Create Date | 18 junio, 2024 |
| Last Updated | 10 septiembre, 2026 |
Estimado/a asociado/a,
Ante las reiteradas dudas planteadas por los asociados sobre como proceder en este momento, con motivo de la paralización de los trámites administrativos, hemos solicitado a Xogo que nos den respuesta a la mayor brevedad posible sobre las siguientes cuestiones:
1º.- Antes, para presentar un alta o baja temporal o cualquier trámite como, por ejemplo, un alta de una AIL (Autorización de Instalación y localización), se presentaba en Presidencia y Dirección Xeral de Emerxencias e Interior, indicando la Delegación Territorial correspondiente (si fuera necesario).
Esta presentación se realizaba a través de la web de la Xunta y físicamente la documentación en la Delegación Territorial, si el procedimiento lo exigía. Se acompañaba la tasa administrativa correspondiente y obligatoria. Posteriormente llegaba una notificación al correo electrónico que, al acceder a ella, podía imprimirla y si era el caso de una AIL por ejemplo, pasar a recogerla.
Actualmente, al margen de que esté suspendida toda la operativa administrativa de la Xunta por el cambio de organigrama, querríamos revisar el procedimiento: presentar en "Consellería de Facenda e Administración Pública - Secretaria Xeral Técnica e do Tesouro", en vez de "Presidencia Dirección Xeral de Emerxencias e Interior", pero no permite pagar la tasa administrativa a través de Facenda. ¿Cómo debemos proceder? ¿Pagar como antes en "Presidencia Eirección Xeral de Emergencias e Interior" y esa tasa acompañarla en los documentos presentados?
2º.- Un segunda cuestión: debido a la circunstancia de que el 30 de junio es domingo, para confirmar la posibilidad, como se venía haciendo, de presentar la baja temporal con efecto fecha posterior, en este caso el día 30 de junio del 2024, adjuntando comunicación a almacén y la baja temporal de la misma máquina y acompañando las tasas administrativas (tasa administrativa, autorización de la máquina de la empresa operadora, solicitud de comunicación a almacén y solicitud de baja temporal) presentado mediante procedimiento genérico con el código "PR004". El procedimiento específico no permite escribir "baja con efectos día 30 de junio de 2024", como sí lo permite el procedimiento genérico, y es imprescindible reflejar este texto.
Si teneis alguna sugerencia en relación con las tramitaciones, rogamos nos las hagáis saber con carácter urgente, ya que está prevista, en breve, una reunión en la Xunta, y sería interesante hacerles llegar todas las preocupaciones en este tema.


