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| Create Date | 21 marzo, 2026 |
| Last Updated | 15 septiembre, 2026 |
Ante la situación que se produce este trimestre, que finaliza con la Semana Santa, siendo el 29 de marzo día festivo, hemos realizado consulta en las distintas Delegaciones Provinciales, en relación con la tramitación de las bajas temporales, y nos confirmaron en todas ellas que podrán realizarse las solicitudes con antelación, con las indicaciones siguientes:
- Para dar máquinas de baja temporal, excepcionalmente, se pueden presentar de manera anticipada hasta el día el día 27 de marzo, con fecha de efectos del día 31 de marzo. Para ello se debe dejar constancia en todos los documentos la frase "esta baja tendrá excepcionalmente efecto el día 31-03-2024"
- En el documento de baja temporal la frase en un lugar visible, con la fecha de firma tambien el 31-03-2024. Recomiendan que se destaque con un subrayador
- Si se presenta telemáticamente debe reflejarse en la casilla "exponen" y/o "solicitan"
- En la comunicación de emplazamiento a almacén , igualmente dejar constancia de que tendrá efectos desde 31-03-2024.
- Deberán presentarse los ejemplares de las autorizaciones de explotación en la primera semana de abril.
Para los reinicios de bajas temporales, como ya era hasta ahora, permite la presentación con siete días de antelación. Pero para el caso también es necesario reflejar en el documento de reinicio la frase: "esta alta tendrá efecto desde el 01-04-2024


