La Administración controlará todos los depósitos que tengan abiertos los usuarios en los distintos operadores de juegos de azar y apuestas online para limitar el importe diario, semanal y mensual que pueden gastarse estos jugadores.
Los usuarios solo podrán tener a disposición para gastar en juego 700 euros al día en el total de las cuentas que tengan abiertas en el conjunto de operadores; 1.750 euros a la semana y 3.300 euros en cuatro semanas. Además, se prohíbe a partir de hoy que los jugadores puedan hipotecar las viviendas que tengan en España como aval para seguir jugando o saldar deudas.
La publicación en el BOE del Real Decreto sobre los límites de depósito marca un nuevo punto de inflexión para el Sector, según indica un análisis publicado en AzarPlus.
La medida supone un importante incremento de las obligaciones técnicas y operativas para el Sector y abre numerosos interrogantes sobre su eficacia y sus efectos en el mercado regulado.
La principal novedad de la norma es el fin de los límites de depósito por operador. Hasta ahora, cada plataforma aplicaba sus propios topes económicos, de manera que un usuario podía depositar las cantidades máximas permitidas en varios operadores al mismo tiempo. A partir de ahora, el límite pasará a ser global y se aplicará al conjunto de las cuentas de un mismo jugador.
Los importes fijados por defecto serán de 700 euros al día, 1.750 euros por semana y 3.300 euros cada cuatro semanas. Sin embargo, esos límites podrán ser aumentados o incluso eliminados por los propios usuarios.
Para hacerlo, no obstante, deberá seguir un procedimiento específico. Las reducciones de límites tendrán efecto inmediato, pero los incrementos o la eliminación de los topes no entrarán en vigor hasta transcurridos tres días hábiles desde su solicitud. Además, quien haya decidido autoimponerse límites más restrictivos no podrá volver a incrementarlos durante un periodo de tres meses. Antes de cualquier modificación al alza, la DGOJ deberá facilitar al usuario información sobre los riesgos asociados al Juego.
Pero el auténtico cambio de paradigma del Real Decreto va mucho más allá de las cantidades fijadas. La gran novedad es la creación de un sistema centralizado que estará gestionado directamente por la DGOJ. Todos los operadores autorizados deberán conectarse a una plataforma tecnológica de la Administración y consultar obligatoriamente la información que esta les proporcione antes de aceptar un depósito.
En la práctica, la DGOJ pasará a convertirse en una pieza imprescindible del funcionamiento diario del mercado del Juego online. Cada vez que un jugador quiera realizar un depósito, el operador tendrá que verificar en tiempo real si dicho usuario ha superado o no los límites conjuntos establecidos. Si el sistema detecta que se ha alcanzado el tope permitido, el depósito deberá ser rechazado. Cualquier fallo técnico, retraso o descoordinación podría afectar directamente a la operativa de los operadores y a la experiencia de los usuarios.
Precisamente por ello, el propio Real Decreto prevé un largo periodo de adaptación. La norma no entrará en vigor hasta dentro de nueve meses y la DGOJ deberá poner a disposición de los operadores un entorno de pruebas con seis meses de antelación. El calendario evidencia la complejidad del sistema y el importante trabajo de desarrollo tecnológico que aún queda por delante.
Otro de los aspectos más relevantes de la nueva regulación es la cantidad de información que quedará centralizada en manos de la Administración. La DGOJ gestionará datos identificativos de los jugadores, sus límites de depósito, las modificaciones que realicen sobre ellos y las operaciones necesarias para verificar el cumplimiento del sistema. Aunque la norma insiste en que únicamente se tratarán los datos imprescindibles y establece diversas garantías de protección, el nuevo modelo supone un nivel de centralización de información sobre el comportamiento económico de los jugadores sin precedentes.
El Real Decreto también introduce otras modificaciones que han pasado más desapercibidas. Se actualiza el régimen de garantías exigidas a los operadores, desaparece la posibilidad de constituirlas mediante hipotecas sobre inmuebles y se aclaran determinadas cuestiones relativas a la representación permanente en España de empresas establecidas en otros países del Espacio Económico Europeo. Asimismo, se prevé la posibilidad de que la ONCE se integre en el sistema de intercambio de información mediante acuerdos con la DGOJ.
El Gobierno justifica la medida argumentando que existe un grupo de usuarios que opera en varios operadores y que puede superar los límites inicialmente previstos distribuyendo su actividad entre diferentes plataformas. Sin embargo, los propios datos utilizados por la Administración reconocen que la mayoría de los jugadores solo opera con un único operador y que el fenómeno multioperador afecta a una parte relativamente limitada del mercado.
La pregunta que se hacen muchos en la Industria es si una medida que se aplicará al conjunto del Sector resulta proporcionada para abordar un comportamiento concentrado en un segmento específico de usuarios. Más aún cuando la propia norma permite finalmente eliminar los límites establecidos.
Otra de las incógnitas es el efecto que estas medidas pueden tener sobre la competitividad del mercado regulado. Desde hace tiempo, parte de la Industria viene advirtiendo de que un endurecimiento constante de las exigencias sobre los operadores autorizados podría acabar restando atractivo al entorno regulado y favoreciendo el desplazamiento de algunos consumidores hacia plataformas sin licencia, que operan al margen de las obligaciones de protección y supervisión impuestas en España.
En cualquier caso, la entrada en vigor del Real Decreto inaugurará una nueva etapa para el Juego online en España. Una etapa en la que la DGOJ tendrá una capacidad de supervisión inédita sobre la actividad de los jugadores y en la que operadores y usuarios deberán adaptarse a unas reglas de funcionamiento sustancialmente distintas a las conocidas hasta ahora.


